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7 de marzo de 2024

Disminución de la base de la retención en la fuente a partir del mes de abril de 2024

Apreciados docentes y funcionarios (as) 

Nos permitimos informar que para efectos de disminuir la base de retención en la fuente a partir del mes de abril de 2024 es necesario remitir una comunicación dirigida al buzón de correo correspondenciarh@uexternado.edu.co y adjuntar los respectivos soportes o certificados escaneados, correspondientes al año gravable 2023, a más tardar el próximo 11 de abril 2024  

1. Deducción por salud: hasta un valor máximo de 16 UVT mensuales, equivalentes a $753.000 la cual se puede acumular con las deducciones por vivienda y dependientes. Se deben adjuntar las certificaciones correspondientes al año 2023 por prestación de servicios con empresas de medicina prepagada o los pagos efectuados por concepto de seguros de salud.  

2. Deducción por vivienda: hasta un valor máximo de100 UVT mensuales, equivalentes a $4.707.000, por concepto de intereses y corrección monetaria por créditos hipotecarios o leasing habitacional, la cual se puede acumular con las deducciones por salud y dependientes. Se debe adjuntar el certificado de pago de intereses y corrección monetaria, o el de leasing habitacional de la vivienda de habitación, correspondientes al año 2023

Si el inmueble figura a nombre de dos personas o más, se calculará la proporcionalidad para cada uno de ellos y, en caso de que alguna de las partes decida no hacer uso del beneficio tributario, deberá manifestarlo por escrito. 

3. Deducción por dependientes:hasta el 10% mensual del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral, hasta un valor máximo de 32 UVT mensuales, equivalentes a $1.506.000. Es necesario que se adjunte y se actualice el formato de declaración juramentada, con los respectivos soportes, teniendo en cuenta los siguientes casos:  

Se establecen como dependientes los siguientes: 

  • Hijos menores de 18 años; o entre 18 y 23 años que se encuentren estudiando; presentando el certificado de estudios correspondiente. 
  • Los hijos del contribuyente mayores de dieciocho (18) años que se encuentren en situación de dependencia, originada por factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal. 
  • Para el caso de los hijos entre 18 y 23 años cuya educación es financiada por el padre o la madre, se debe acompañar: o la certificación de estudios en la institución formal de educación superior avalada por el ICFES o por la autoridad oficial competente; o la certificación correspondiente a programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente. 
  • Cónyuge o compañera(o) permanente con dependencia económica por ausencia de ingresos o ingresos anuales inferiores a 260 UVT, equivalentes a$12.236.900; o con dependencia por factores físicos o psicológicos.  
  • Padres y hermanos con dependencia económica por ausencia de ingresos o ingresos anuales inferiores a 260 UVT, equivalentes a$12.236.900; o con dependencia por factores físicos o psicológicos. 

La no percepción de ingresos propios o inferiores a 260 UVT anuales, equivalentes a$12.236.900,debe ser certificada por Contador Público. La dependencia por factores físicos o psicológicos debe ser certificada por Medicina Legal. 

Se mantiene el beneficio tributario de hasta el 30% de los ingresos laborales por concepto de aportes del trabajador, fondos de pensiones voluntarias y obligatorias; seguros privados de pensiones o cuentas de ahorro AFC con un tope anual de 3.800 UVT, equivalentes a$178.847.000. Este beneficio se trata como una renta exenta y no hace parte de la base para calcular la retención en la fuente. No se debe anexar certificación. 

De otra parte, se mantiene el 25% exento del valor total de los pagos laborales, la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022 limitados anualmente a 790 UVT, equivalentes a$37.181.000

De acuerdo con la Reforma Tributaria,Ley 1819de 2016, se establecen dos límites a la suma de las deducciones por salud, vivienda y dependientes, y rentas exentas por aportes voluntarios a pensión y aportes a cuentas AFC, las cuales no podrán superar el 40% del valor resultante de restar del total de ingresos los aportes obligatorios, la nueva reforma tributaria, Ley 2277 de 2022 limitados anualmente a 1.340 UVT, equivalentes a$63.067.000. 

Importa destacar que las certificaciones por concepto de créditos de vivienda o leasing habitacional, así como las de salud, presentadas en la Dirección de Talento Humano en el año 2023, permanecen vigentes hasta el 15 de abril de 2024

Nota: el valor de la UVT para 2024 es de $47.065.  

Se anexa el formato de la Declaración Juramentada (deducción por dependientes

Cualquier inquietud al respecto será atendida en el buzón de correo correspondenciarh@uexternado.edu.co